POLITICAS Y PROCEDIMIENTOS DE COBRANZA

GENERALIDADES

Para SOLIFICAR S.A.S el objetivo claro, es ofrecerle a nuestros clientes directos o indirectos una información clara y precisa con nuestras políticas y procedimientos de cobranza, ya sea por servicios de outsourcing, y créditos, por recuperación de cartera del sector financiero, procesos de insolvencia LEY 1564 DE 2012 y reorganización empresarial LEY 1116 DE 2006, pero de antemano ofrecer el gran valor y el respeto en la buena comunicación que puedan generar nuestros agentes de cobranza, a la hora de interactuar y/o dentro de una negociación con el deudor y/o deudor  solidario, siguiendo Los lineamientos de la circular 048 de 2008 de la superintendencia financiera de Colombia, tanto,  para con nuestros clientes en servicios y créditos, así como los consumidores del sector financiero.

Las políticas y procedimientos de cobranza, aplicadas en la recuperación de cartera y de igual forma los gastos de cobranza que genere la morosidad de los clientes tendrán un valor económico que será cancelado por el deudor y/o deudor solidario, desde el inicio y el despliegue de la operación encaminada a recuperar dicho recaudo moroso, adelantando una honesta gestión de cobro. Para los servicios de outsourcing para la recuperación de cartera del sector financiero, y créditos que genere por convenios nuestra empresa, explicaremos a continuación las políticas de cada una de ellas, y otros, se tendrán en cuenta las políticas y lineamientos establecidos por dicha entidad, Para garantizar los derechos de los consumidores financieros de conformidad con las normas vigentes, actuando en el marco de la ley.

CRITERIOS DE SEGURIDAD Y CALIDAD DEL SERVICIO

SOLIFICAR S s.a.s, en cumplimiento a los requerimientos de la circular 052 de la superintendencia financiera de Colombia, en seguridad y calidad de la información, despliega en cada gestión de cobro a través de sus canales de información el buen uso de las definiciones aquí dictadas.

CONFIDENCIALIDAD: Nuestros equipos de tecnología se encuentran dotados de elementos necesarios de seguridad, que garantizan el estricto cumplimiento de la ley estatutaria para la protección de datos personales ley 1581 de 2012   

INTEGRIDAD: Entregamos información clara, y precisa, para que el consumidor financiero tenga de primera mano sus obligaciones al día.

DISPONOBILIDAD: La información estará 24*7 en cualquiera de nuestros canales disponibles, incluyendo nuestra página web www.solificar.com

EFECTIVIDAD: La información que sea relevante para el consumidor financiero, le será entregada de manera oportuna, y congruente.

EFICIENCIA: El procesamiento de la información suministrada al consumidor financiero por SOLIFICAR S.A.S, se hará continuamente empleando todos nuestros recursos humanos y tecnológicos disponibles para tal acción.

CONFIABILIDAD: La información ofrecida al consumidor financiero por nuestra empresa, siempre será la más conveniente para ayudar, y aportar, al buen cumplimiento de sus obligaciones,

En cuanto a la compra de cartera y refinanciación de las mismas que gestione SOLIFICAR S.A.S, obraremos bajo los términos de la autorización suscrita por el cliente, para el reporte oportuno, ante las centrales de información crediticia TransUnion (cifin) y Data crédito (Experian) ley 1266 de 2008.

Los horarios de procedimientos de cobranza mediante call center y otros, será de lunes, a sábado, desde las 7:00 am a las 7:00 pm. El cliente será atendido por personal profesional, altamente capacitado, el cual le ofrecerá toda la información referente a su número de obligación, y estado de la misma, costos de cobranza, entidad quien requiere el pago de inmediato, y tendrá servicio de atención al cliente para quejas y reclamos en nuestros canales telefónicos y atencionalcliente.pqr@solificar.com

  1. Los agentes de cobranza SI están facultados para generar acuerdos de pago con el deudor y/o deudor solidario bajo los lineamientos y normas establecidos por parte de la empresa.
  2. Los agentes de cobranza están obligados a legalizar el acuerdo de pago mediante correo electrónico enviado al deudor y/o deudor solidario indicando fecha límite de pago, total valor a cancelar, forma de pago, nombre de la entidad financiera quien recibe estos recursos, número de cuenta, convenio y referencia de pago.  
  3. Los agentes de cobranza NO están autorizados a recibir dinero por ninguna causa o motivo expresados por los mismos.
  4. Los agentes de cobranza están obligados a identificarse plenamente con el deudor absteniéndose de utilizar nombres falsos o hacer referencia a las autoridades judiciales.

PROCEDIMIENTOS DE INSOLVENCIA PERSONA NATURAL NO COMERCIANTE LEY 1564 DE 2012,

Para los servicios en procedimientos de insolvencia que se financien cuando el cliente solicite la financiación, se realizará por convenio trazado con la COOPERATIVA MULTIACTIVA JURIDICO DE COLOMBIA, escogiendo el cliente, el plazo a financiar no superior a 60 meses y será cancelado asi:

  1. tasa de interés efectiva anual del 26.4% EA
  2. pagare en respaldo de la obligación a favor de la COOPERATIVA MULTIACTIVA JURIDICO DE COLOMBIA
  3. Solo se recibirán pagos a la financiación del proceso de insolvencia por medio de link enviado por la COOPERATIVA MULTIACTIVA JURIDICO DE COLOMBIA.

 

LOS VALORES CANCELADOS EN MORA TENDRÁN LA SIGUIENTE PRELACIÓN DE PAGO.

  1. PRIMERO: Honorarios gestión de cobranza.
  2. SEGUNDO: Intereses moratorios a la fecha de pago.
  3. TERCERO: Valor de cuotas a pagar.

 

 

 

SOLIDEZ FINANCIERA EN RECAUDO DE CARTERA SAS

Dirección General.